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Blanqueo: el gobierno lo mantendría abierto por ocho meses

(DyN) El blanqueo o «régimen de sinceramiento fiscal», del que aún resta la publicación de sus normas reglamentarias, comenzaría a regir el 1º de agosto y se extenderá hasta el 31 de marzo de 2017, si bien el Poder Ejecutivo, como en blanqueos anteriores, tiene la facultad de extenderlo una o varias veces.

De la medida quedan excluidos los representantes de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y de las tres jurisdicciones (Nación, provincias y municipios), como también sus padres, cónyuges e hijos.

También se propone la creación de una comisión bicameral para la Reforma Tributaria que estará integrada por quince diputados y quince senadores.

El régimen exige la declaración de los activos pero no necesariamente su repatriación.

Asimismo, permitirá declarar bienes o divisas que no están declarados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cambio del pago de una tasa general del 10 por ciento, del 5 por ciento en el caso de los inmuebles y del 0 por ciento si se realiza a través de la compra de bonos públicos a tres y siete años.

En cuanto al blanqueo de sumas en efectivos, la tasa también será de 0 por ciento hasta montos de 305.000 pesos y del 5 por ciento entre 305.001 y 800.000 pesos.

Aquellos que hayan cumplido con sus obligaciones tributarias correspondientes a los dos períodos fiscales inmediatos anteriores al período fiscal 2016, estarán exentos del impuesto sobre los bienes personales hasta 2018.

Este último impuesto, que en el proyecto original del Poder Ejecutivo disponía su eliminación en 2019, finalmente será mantenido pero con una alícuota decreciente que en 2018 llegará al 0,25 por ciento, con un mínimo no imponible que se elevará a 800.000 pesos en 2018 y 950.000 en 2019.

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