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Cómo serán las “retenciones” que aplicará MercadoLibre a las ventas desde Córdoba

La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia publicó en el Boletín Oficial una nueva resolución en la que ratifica que MercadoLibre será agente de retención de Ingresos Brutos aunque modifica algunas pautas con respecto a lo que originalmente había resuelto en su resolución N° 2 publicada en enero y que generó el fuerte conflicto que involucró a ambas partes la última semana.
En concreto, el área que dirige Luis Domínguez aclaró exactamente cómo y a quiénes deberá aplicarles estas retenciones por las que MercadoLibre amenazó con restringir sus operaciones desde Córdoba, para luego el jueves llegar a un entendimiento con la Provincia para que se publicara esta nueva resolución cuya fecha es del último viernes 24.
Según esta normativa, MercadoLibre deberá actuar como agente de retención “respecto de: a) la totalidad de los pagos que realice por las adquisiciones de bienes, locaciones (bienes, obras y/o servicios), prestaciones de servicios y, b) las recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones que efectúe a sus usuarios/clientes en el marco del sistema de pago (N. de R: MercadoPago) que administra”.
En cuanto a las ventas vía MercadoPago, la resolución oficial establece que la retención se deberá aplicar a los compradores o usuarios de la tarjeta de crédito con domicilio en la provincia de Córdoba y que adquieran productos por más de $ 1.000.
En tanto, otro aspecto importante es que la normativa impone que tal retención deberá ser del 3% cuando el vendedor sea de Córdoba o no se encuentre inscripto en el régimen de Ingresos Brutos; mientras que deberá ser del 2,5% para aquellos contribuyentes de convenio multilateral que no estén radicados en Córdoba pero tengan alta para operar.

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