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Flexibilizan el cepo a importadores y personas que tenían subsidios en los servicios

A partir de ahora, las personas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos estarán habilitadas para comprar dólares financieros.

A través de un comunicado, el Banco Central informó quequitará restricciones para acceder al dólar MEP y al contado con liquidación (CCL). “El BCRA dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las restricciones”, indicó el escrito.

A partir de ahora, las personas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos estarán habilitadas para comprar dólares financieros.

Asimismo, detallaron: “Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”.

El dólar contado con liquidación o CCL es el tipo de cambio que surge de la operatoria que permite a los inversores comprar papeles argentinos en el mercado local y venderlos en el exterior para lograr así girar divisas para “atesoramiento”. En tanto, el MEP es un tipo de cambio que, como el CCL, se obtiene mediante la compraventa de acciones o bonos. La única diferencia es que las divisas resultantes se depositan localmente.

Además, el BCRA decidió acortar los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones y subir el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC.

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Flexibilización en los plazos de pago de importaciones

En la actualidad, los bienes vinculados a la energía se pagan al contado; los productos farmacéuticos, otros bienes relacionados con la atención de la salud, fertilizantes, productos fitosanitarios destinados a su elaboración local, productos de la canasta básica de consumo e importaciones oficializadas por MiPyMEs tienen acceso al MLC a los 30 días desde el registro de ingreso aduanero.

Los bienes suntuarios y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero. El Directorio decidió que, a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al MLC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero.

El resto de los productos se pagan con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero. A partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una. Este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones.

«Esta medida tiene un doble efecto positivo: i) contribuye en la reactivación de la economía porque les permite a las empresas que importan afrontar menos carga financiera; ii) reduce el traslado a precios del mayor costo asociado a la calendarización vigente, que obligaba a aquellas empresas que no obtenían financiamiento comercial de sus proveedores a pagarles a través del mercado de cambios paralelo», indicaron.

Aumento del monto no obligado a liquidar por exportaciones de servicios

Finalmente plantearon que en pos de normalizar la política cambiaria, se decidió «ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes. La adecuación permite ahora cobrar hasta US$ 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo US$ 12.000»

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