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La nueva Ley de Telcos se votará en una semana, con cambios respecto al proyecto inicial

(DyN) – El proyecto de ley de Telecomunicaciones «Argentina Digital» obtuvo dictamen de comisión en el Senado, en una tensa reunión en la que quedaron plasmadas varias modificaciones de última hora a la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, situación que motivó el retiro de los opositores, ya que los bloques solicitaron «una semana» para estudiarlas.
Así, con el dictamen de mayoría firmado sólo por el kirchnerismo, los legisladores oficialistas llevarán el miércoles próximo al recinto el texto de la nueva ley de Telecomunicaciones.
Los cambios efectuados a último momento en muchos de los 85 artículos del proyecto no permiten a las telefónicas brindar televisión satelital y tienden a moderar por un tiempo su penetración en los segmentos PYME, aunque la iniciativa sigue sin dejar en claro en quién delegará el Poder Ejecutivo el carácter de Autoridad de Aplicación.
Debido a las presentaciones de sectores que denunciaron perjuicios por el avance de las grandes compañías y hasta por la rsistencia de muchos legisladores oficialistas en convalidar el primer proyecto, el dictamen que se firmó en el Senado para habilitar su tratamiento en el recinto la semana próxima frena por un tiempo algunos de los puntos que prometían cambiar el tablero de los prestadores.
En primer término, el nuevo proyecto ahora dice que «los licenciatarios de servicios de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) podrán brindar servicios de comunicación audiovisual, con excepción de aquellos brindados a través de vínculo satelital» (artículo 9), sistema que utiliza en el país DirectTV.
Además, los cambios prevén que las empresas telefónicas tampoco podrán prestar inmediatamente el servicio de comunicación audiovisual, sino que deberán hacerlo respetando cierta gradualidad que, entre otras cuestiones, deja a la Autoridad de Aplicación la potestad de «establecer zonas de exclusión por plazos limitados que se determinen en razón del interés público» (artículo 82).
En cuanto al artículo 9, que elimina las limitaciones a los licenciatarios de servicios públicos que establece la Ley de Medios, ahora se suma otra excepción, la del artículo 24 inciso i) de esta Ley, que alude a «directores o administradores» que posean 10% o más de una prestadora de servicios públicos. Otra de las modificaciones que se le hicieron al proyecto establece que se mantenga la categoría de «servicio público» para la telefonía fija, aunque se eliminan menciones a la telefonía móvil, a la vez que se incluyen «derechos y obligaciones de usuarios y prestadores».
«Se dispone el resguardo de las redes comunitarias», dice la iniciativa sobre otro de los cambios efectuados al proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, al tiempo que se incorpora la declaración del «derecho humano a las telecomunicaciones». Por último, se suma el concepto de «neutralidad de la red», que estará sujeto a condiciones de capacidad y velocidad de transmisión de datos, entre otros parámetros.
Entre los aspectos filosóficos del articulado, la iniciativa promueve «el rol del Estado como planificador» y prevé «declarar de interés público el desarrollo y la regulación de las tecnologías de la información, las comunicaciones y sus recursos asociados».
También garantiza la «completa neutralidad de las redes con la finalidad de posibilitar el acceso» de todos los ciudadanos «a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas».

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