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Los cincos puntos centrales de la ordenanza para regular a los food truck en Córdoba

«La oferta gastronómica define quiénes somos y cómo somos. Cada región, cada país o ciudad tiene a la comida entre los factores distintivos de cada una de ellas y que la hace única. En la zona centro de nuestro país, donde se ubica Córdoba, la comida jugó (y juega) un papel protagónico, no sólo económico, también social, histórico, cultural», expresó Juan Negri, concejal y autor del proyecto sobre la importancia de este fenómeno.
Entre los aspectos centrales de la futura ordenanza, destacamos cinco puntos:
1) Podrán ejercer el comercio y elaboración de alimentos y bebidas en la vía pública y espacios verdes, públicos y privados, dentro del ejido urbano de la Ciudad de Córdoba.
2) Habilitación a personas físicas o jurídicas, quienes deberán acreditar actividad domicilio en la Ciudad de Córdoba, estar al día con los impuestos, y que al menos uno de los socios o encargado tenga formación gastronómica expedido por un Instituto de gastronómico autorizado.
3) El permiso tendrá el carácter de intransferible, con una duración de un año y su renovación es indefinida.
4) Prohibición para la venta de bebidas alcohólicas y la venta, elaboración y/o envasado de choripán y panchos, en cualquiera de sus formas y variantes.
5) A los vehículos se les requerirá heladeras y/o freezer, sistema de ventilación, uso de tablas de material PVC, almacenamiento de agua potable, agua caliente y agua residual, elementos para la higiene de manos, matafuegos vigente, botiquín con primeros auxilios e ITV.

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