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Paradise Papers: ¿es ilegal tener una sociedad offshore en un paraíso fiscal?

Paradójicamente, la mayoría de la gente «demoniza» a los paraísos fiscales.  Ante esta realidad y la última filtración de datos conocida como Paradise Papers conviene preguntarse:  ¿es ilegal tener unasociedad offshore en un paraíso fiscal?

Diego Fraga, socio del estudio RCTZZ fue categórico: «Operar con sociedades offshore no implica que se haya lavado dinero o cometido algún delito».

El experto explicó que las personas y empresas encuentran los siguientes atractivos al operar legítimamente con empresas offshore:

-Leyes fáciles para la creación de empresas.

-Seguridad jurídica.

-Servicios financieros de primer nivel y un sistema bancario fuerte.

-Protección patrimonial.

-Impuestos, bajos o nulos.

«El problema es que estos países eran opacos y permitían el anonimato. Esto facilitaba la evasión y el lavado de dinero. Al respecto, el G-20 montó una ofensiva brutal. Con el avance de intercambio de información internacional va a ser muy difícil que mantengan el anonimato», explicó Fraga.

«Hoy en día, como está la legislación en Argentina, se puede utilizar legalmente un paraíso fiscal para diferir impuestos», precisó.

Puntualmente, instalar sociedades en paraísos fiscales para dejar de pagar el impuesto ahora hasta el momento que se distribuyan utilidades, se puede hacer desde 2013, a partir del decreto 589/2013.

Esto se acaba con la reforma impositiva presentada la semana pasada.

En tanto, Iván Sasovsky, no son ilegales ni implican evasión tributaria alguna. Ahora bien, no declarar su existencia o los patrimonios que contienen esas sociedades implican evasión impositiva».

«Muchas de estas estructuras se utilizan para planificación patrimonial familiar y protección de activos», agregó el experto.

«En el proyecto de reforma tributaria expresamente se incorpora como delito la estructuración con efectos de ocultar el verdadero dueño de los bienes, por lo que todas las estructuras que hasta antes del blanqueo venían funcionando deberían ser revisadas, dado que además de ser delito pierden utilidad frente a la reforma tributaria de la ley de ganancias que las considera transparentes a las sociedades de países que no tributen una alícuota razonablemente alta, por lo que la eficiencia del diferimiento como estrategia no va más a través de estas sociedades», concluyó Sasovsky.

Martin Litwak, fundador y socio principal de la firma Litwak Partners, respondió a Fin.guru las principales preguntas que surgen ante el uso de las offshore y los paraísos fiscales:

¿Cuál es el rol de las Jurisdicciones Offshore en la actualidad?

Si bien nuestra conocida postura a favor de los “paraísos fiscales” es en estos días minoritaria, no se trata de algo que sostengamos en soledad ni mucho menos.

Varios economistas de prestigio han resaltado efectos positivos relacionados con la mera existencia de este tipo de jurisdicciones, entre los cuales se destacan:

– Los centros offshore actúan como conductos para el comercio mundial, facilitando los flujos internacionales de capital, especialmente hacia los mercados emergentes.

– La existencia de estas jurisdicciones ha ayudado a que los impuestos en las jurisdicciones onshore no aumenten por encima de ciertos límites (de hecho, durante la última década muchos países desarrollados han bajado en forma substancial sus impuestos).

– El alto grado de competencia entre entidades financieras con base en estas jurisdicciones ha ayudado a aumentar a liquidez y a reducir los spreads del crédito y las tasas de interés en los países adyacentes a las mismas.

– A estas ventajas hay que sumar el aumento del PBI en aquellas jurisdicciones que deciden ofrecer al mundo estos servicios y del empleo no solo en estos territorios sino inclusive fuera de ellos.

En tal sentido, un estudio independiente publicado recientemente ha establecido que las Islas Vírgenes Británicas – que es solo una de las muchas jurisdicciones offshore que existen – han sido utilizadas paracanalizar inversiones a nivel mundial por u$s11,2 Tr, generando más de 2,2 millones de puesto de trabajo a nivel global e ingresos para los gobiernos del mundo por u$s15 Bn por año.

¿Qué se puede decir sobre las críticas que reciben a diario los paraísos fiscales?

Pese a que se sostiene casi sin profundizar que las jurisdicciones offshore facilitan el financiamiento del terrorismo y el lavado de dinero, la historia muestra que los mayores casos de financiamiento de actividades terroristas (tal cual sucedió por ejemplo con el atentado a las torres gemelas) parten de bancos onshore y que la mayor estafa de todos los tiempos, perpetrada por Bernie Madoff en 2008, fue planificada y ejecutada en forma total en losEstados Unidos. Respecto de los hechos de corrupción que tanto daño hacen (Odebrecht, etc.), las coimas y sobreprecios que se pagaron tampoco fueron canalizados offshore.

Otro aspecto muy criticado es que permiten el ocultamiento del “verdadero dueño” de los activos, ya sea a través de acciones al portador, la estructuración de trusts o directamente de prestanombres.

Si bien con los sistemas de intercambio de información financiera que existen en la actualidad (básicamente FATCA y CRS) esto es virtualmente imposible, este “ocultamiento”, el mismo no es malo per se, porque mientras se trate de activos adquiridos en forma lícita y se paguen los impuestos a que hubiera lugar, no hay ninguna razón legal de peso que obliga a una persona a exteriorizar que activos le pertenecen. El derecho a la privacidad, derecho básico de todo ser humano y consagrado en casi todos los textos constitucionales del mundo, protege justamente esto.

Se ha repetido también hasta el cansancio que los centros offshore favorecen la evasión fiscal cuando lo que en realidad sucede es que estas jurisdicciones funcionan como “plataformas neutras” en materia impositiva, es decir que no agregan un nuevo impuesto una vez que se ha pagado el impuesto que corresponde pagar donde se registraron las ganancias.

En otras palabras, utilizar una sociedad offshore como holding para una actividad comercial determinada no genera ahorro impositivo alguno, sino que evita que, pagado ya el impuesto en aquel país en el cual se desarrolla la actividad empresarial de que se trata, haya que tributar nuevamente en la jurisdicción offshore que se ha elegido utilizar.

En conclusión, y tal cual reconoce ICIJ en forma expresa en su website, no hay intrínsecamente nada malo en las sociedades offshore ni nada que las haga ilegales o las transforme en vehículos diseñados para cometer delitos. Dicho de otro modo, las sociedades offshore sirven exactamente para lo mismo que las demás sociedades incorporadas en cualquier país del mundo: para desarrollar actividades comerciales.

Lo que sí es ilegal es usar sociedades – offshore u onshore – para cometer delitos.

¿Para qué se usan entonces las sociedades offshore?

Son múltiples las causas por las cuales una persona puede estar interesada en incorporar una sociedad en una jurisdicción offshore en lugar de incorporarla en su país de residencia.

Entre ellas, se destacan las siguientes:

– invertir dinero fuera de su país de origen utilizando vehículos que aporten seguridad jurídica y sean impositivamente neutros;

– lograr un grado de privacidad mayor al que permiten las leyes locales;

– levantar dinero de varios inversores para llevar adelante una inversión colectiva a través de un fondo de inversión o de un fideicomiso financiero;

– participar en un joint ventures u otro tipo de negocios societarios con socios extranjeros;

– lograr diferimiento impositivo y/o

– organizar su sucesión de una manera más eficiente.

Todos estos usos son 100% legales.

Fuente: www.iProfesional.com

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