(Télam).- La Cámara Nacional en lo Criminal ratificó el fallo de Zelaya, que había desestimado las acusaciones por los delitos de asociación ilícita y competencia desleal, que figuran en el Código Penal, contra los 33 choferes de Uber y directivos que habían sido detectados por la justicia porteña.
“Más allá de la conflictividad que -sobre todo mediáticamente- ha desatado la aparición de Uber, lo concreto, lo real, es que, no se observa que en la vida cotidiana de los porteños se haya visto alterada la regularidad y eficiencia del servicio público de transporte individual de pasajeros ni cualquier otro, por cierto”, sostuvo el juez.
Para Zelaya, los choferes de Uber realizan «una actividad comercial lícita» con posibilidad de cometer faltas administrativas o de tránsito que no son delitos penales.
Los 33 choferes de Uber habían sido denunciados por supuesto «entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilícita”.