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Canal 13

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Luego de que se conociera que el nuevo director de Fútbol para Todos, Fernando Marín, decidió entregar a Grupo Clarín y Telefónica la televisación de los partidos más importantes del fútbol argentino, desde Grupo Uno propiedad de Vila y Manzano -que quedó excluido del acuerdo- le declararon la guerra a Mauricio Macri.
Este mediodía, en A24 (en dúplex con radio La Red), le dedicaron un largo bloque a esta nueva medida del Gobierno nacional y no escatimaron críticas hacia el Presidente. Rolando Graña en el piso de A24 y Paulo Vilouta desde La Red, se despacharon con frases del estilo «como en los ’90, el fútbol queda en pocas manos» y «se modificó la Ley de Medios a favor de Clarín y Telefónica».
Vilouta fue el más enfático: «hoy parece que el fútbol queda para pocos». También destacó las «promesas de campaña incumplidas» y cuestionó que «ya que los contribuyentes pagamos mucho, que los 40 millones de argentinos podamos ver fútbol», recrea Urgente 24.
¿A qué se debe esta reacción? Es que América TV quedó excluida y en los próximos días podría presentar un recurso de amparo en la justicia alegando que el Gobierno no hizo una licitación pública y entregó la parte más jugosa del negocio de manera directa.
El otro canal privado, el 9, decidió que no quería participar de la discusión de dinero y le hizo saber al Poder Ejecutivo Nacional que no tenía problema en transmitir el “paquete de los sábados”, que son los encuentros de menos audiencia.

El Gobierno decidió entregar los partidos de River, Independiente,Boca y Racing a las señales del Grupo Clarín y de Telefónica, que pagarán $ 180 millones, 10% de los casi $ 1900 millones que el Estado prevé abonar a la AFA en 2016.
Sin embargo, América TV pondría un amparo alegando que no se licitó la entrega de los derechos. En muchas ciudades del interior no se podrían ver sin tener el servicio de la TV por cable
«Los canales no tienen plata para salir a pagar el FpT, es esto y no mucho más», confió una alta fuente de una de las pantallas más importantes del país quien reconoció que «Canal 13 y Telefe fueron juntos para evitar que el Grupo Clarín se quedara con todo y, obviamente, si entraban iban a querer tener los mejores partidos». Pero esta decisión del macrismo ya generando controversias con los privados que entre hoy y mañana podrían judicializar la televisación de los goles.
«Nos citaron a los cuatro canales de aire (Canal 13, América, Telefe y Canal 9) para que presentaran en forma conjunta una oferta por la transmisión de 15 fechas a partir del 5 de febrero. Por algún motivo que se desconoce cerraron un acuerdo con Artear y Telefe por el que se habría pactado que estos dos canales se quedarían con las transmisiones de los partidos de los denominados ‘clubes grandes» aunque faltaría definir quién tendría la prioridad para televisar los partidos más importantes de cada fin de semana’, explicó una fuente del sector a El Cronista.
Aunque aún no habría nada firmado, las fuentes consultadas confirmaron que lo que se cerró es que «entre los dos canales aportan $ 180 millones, lo que les asegura este esquema hasta mayo, después se verá». De los otros dos canales privados, el 9 decidió que no quería participar de la discusión de dinero y le hizo saber al Gobierno que no tenía problema en transmitir el «paquete de los sábados», que son los encuentros de menos audiencia.
Pero quien no se mostró conforme con este acuerdo fue América TV que en los próximos días podría presentar un recurso de amparo en la justicia alegando que el Gobierno no hizo una licitación pública y entregó la parte más jugosa del negocio de manera directa.
Ahora lo que podría pasar es que el que vive en una ciudad en donde no hay repetidora de los canales 13 y/o Telefe y no tienen contratado un servicio de televisión por cable no podrían acceder a ver los partidos.

(DyN) – El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich advirtió que la Corte Suprema de Justicia «viola la división de poderes» al «arrogarse la voluntad» de establecer cómo «distribuir» la pauta oficial, al cuestionar el fallo que ordenó un reparto «equitativo» y que incluya a Canal 13.
Capitanich, en el habitual contacto con periodistas en Casa de Gobierno, dijo sentir «preocupación» porque, con este fallo, «la Corte pretende arrogarse la voluntad de legislador, estableciendo criterios de distribución de pautas de la publicidad oficial» lo que, a su entender, «implica una violación flagrante de la división de poderes».
El ministro coordinador observó, sobre el fallo del máximo tribunal, que «(Ricardo) Lorenzetti, (Carlos) Fayt, (Juan) Maqueda, han suscripto los trece considerandos de la sentencia», pero «otros tienen observaciones diferentes, como (Eugenio) Zaffaroni».
Al respecto, estableció que «es falso que el Estado nacional incumple el fallo en el caso Perfil, sino que ha cumplido y cumple el fallo desde abril de 2013» y que «en el juzgado de primera instancia se presenta la acreditación de sus cumplimientos».
Al cuestionar a la Corte, recordó que «hace diez años hay una acción de amparo en donde el Estado promueve la percepción de una deuda equivalente a 350 millones de pesos, por deudas impositivas, con el diario La Nación y hasta ahora no se ha expedido. Se ha expedido más rápido en esta cuestión», criticó.
En otro orden, el funcionario aseguró que «este fallo genera un debate» y planteó que le gustaría saber «si todos los periodistas tienen la libertad para escribir sistemáticamente en contra de la editorial del diario que les paga sus respectivos sueldos o de los medios de comunicación; ése es el gran debate porque hace a la esencia de la libertad de expresión», añadió.
Asimismo, enfatizó que hay un «ocultamiento manifiesto y muchas veces doloso de la información» y que así como se falló por la pauta, se «debería obligar por el mismo principio a divulgar cuando se inaugura una vivienda, por el principio de publicidad de los actos de gobierno». «Muchas veces la Presidenta tuvo que usar la cadena para divulgar obras y el día ulterior en los medios opositores no salía un renglón», cuestionó.
También, criticó que «el poder económico es inalterable y tiene una estrategia de acción psicológica a través de los medios y un sistema de influencia corporativa en el Poder Judicial». «Qué rara casualidad que estos dos poderes concentrados no tengan la manifestación de la voluntad popular», planteó.

(DyN) – La Corte Suprema de Justicia ordenó hoy al Estado nacional que incluya a Canal 13 en el reparto «equitativo» de la pauta oficial y, tras destacar la importancia de la libertad de expresión como protección a la actividad critica de los periodistas, criticó con suma dureza el reiterado incumplimiento de sentencias por parte del Estado en la materia.
El fallo, que ratifica una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, fue votado en sus puntos esenciales por la mayoría de los miembros de la Corte Suprema de Justicia, salvo por el ministro Raúl Zaffaroni quien señaló que debía pedírsele opinión a la Procuradora General, Alejandra Gils Carbó.
Carmen Argibay y Enrique Petrachi opinaron que el recurso debía desestimarse y el Estado tenía que cumplir con la resolución impartida por la Cámara. No obstante, el fallo mayoritario tuvo diferentes consideraciones a la hora de señalar cómo debía cumplimentarse el reparto de la publicidad oficial y el rol que viene ejerciendo el estado nacional a la hora de acatar las sentencias.
Por su parte, los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco admitieron tratar la cuestión, aunque hicieron hincapié en respetar la doctrina de la Corte Suprema en sentencias anteriores sobre pauta oficial en los casos de los diarios Perfil y Río Negro. Salvo Highton, los otros magistrados incluyeron duros argumentos contra la actitud del Gobierno y advirtieron que «la conducta estatal construye una clara violación de los derechos constitucionales».
«El incumplimiento de una sentencia judicial constituye un desconocimiento de la división de poderes que resulta inadmisible en una estado de derecho y en consecuencia causa un grave deterioro del estado constitucional democrático», sostuvieron. Inclusive, el fallo advirtió que «si no existe la plena seguridad ciudadana de que la protección de la Justicia es más que una mera declamación retórica de los jueces sin capacidad de ser respetada y cumplida por las autoridades que detentan el control de la fuerza pública, resulta artificial invocar la obligatoriedad de las reglas constitucionales que limitan el poder o esperar del Gobierno la propiedad de los derechos fundamentales que consagran nuestra Constitución».
Fue así, que la Corte advirtió que el Estado tiene la obligación de promover de manera «activa los valores de la libertad de expresión» y, «en consecuencia, toda conducta que se aparte de estos valores esenciales del sistema democrático, sea en el proceso de aplicación de la Ley o en cumplimiento de la sentencia, viola la función de garante que tiene el Estado».
El caso se inició por una acción de amparo que promovió la empresa Arte Radioteleviso Argentino SA (Artear), es decir Canal 13, contra el Estado Nacional (y en particular contra la Jefatura de Gabinete, a cargo del entonces ministro Juan Abal Medina y el secretario de Comunicación Pública, Alfredo Scoccimarro) con el objeto de que «cese la asignación arbitraria y discriminatoria de la pauta oficial con respecto» a esa empresa.
En primera instancia, un juez en lo Contencioso Administrativo rechazó el amparo, pero la Sala IV de la Cámara del fuero hizo lugar y condenó al Estado para que en 30 días elaborara y presentara en el juzgado un «esquema de distribución publicitaria oficial» que «se ajuste fielmente a las pautas de proporcionalidad y equidad establecidas precedentemente» y que comprenda a las emisoras de análogas características a la actora, entre las que incluyó a América TV (Canal 2),Telearte (Canal 9), Televisión Federal (Canal 11), Artear (Canal 13) y SNMPyRTA (Canal 7)».
Fue el Estado el que apeló esa resolución ante la Corte Suprema que, ahora, confirma el fallo, obliga al Estado nacional a presentar ese esquema publicitario equitativo y cuestiona que no se haya respetado «la doctrina» de los fallos precedentes como Editorial Río Negro contra el gobierno de esa provincia y «Editorial Perfil» contra el Estado nacional.
Según se había establecido en aquellos fallos, «existe un derecho contra la asignación arbitraria o la violación indirecta a la libertad de prensa por medios económicos. La primera opción para un Estado es dar o no publicidad y esa decisión permanece dentro del ámbito de la discrecionalidad estatal. Si decide darla, debe hacerlo cumpliendo dos criterios constitucionales: no puede manipular la publicidad, dándola y retirándola a algunos medios en base a criterios discriminatorios; y no puede utilizar la publicidad como un modo indirecto de afectar la libertad de expresión», aseveró.