Mendoza

El próximo lunes no hay comercios en el país: qué se celebra y en qué casos habrá excepciones

Las cámaras empresarias y el gremio que nuclea al comercio, firmaron a fines de agosto pasado un acuerdo convencional a través del cual se determinó que el Día del Empleado de Comercio, establecido por Ley 26.541, se trasladará al día lunes 27 de septiembre. Cabe recordar que la fecha original de la celebración es el 26 de septiembre que este año coincide con domingo.

Según lo instituido por la mencionada Ley, el Día del Empleado de Comercio será un día de descanso para todos los trabajadores mercantiles “asimilándose dicho día a los feriados nacionales a todos los efectos legales”.Al respecto, la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo dispone en su Art. 166 que “en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical”, al tiempo que agrega: “En caso que presten servicios en tales días, cobrarán remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual”.

Por tanto, si bien no es obligatorio para el trabajador prestar servicios, aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente ese día se les deberá liquidar un jornal adicional. Asimismo, desde el sector empresario recuerdan que los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos.

Ver acuerdo firmado en https://www.redcame.org.ar/novedades/11281/dia-del-empleado-de-comercio-traslado-de-fecha

Escribe un comentarios